LOS RESIDENTES MELILLA COMO LOS DE LA PROVINCIA DE NADOR PUEDEN PASAR LA FRONTERAS SIN NECESIDAD DE PASAPORTE
Según Sentencia Judicial 434/06 del año 2006
Redacción: Tanto los residentes en Melilla como en la provincia marroquí de Nador, pueden pasar las fronteras, exclusivamente con sus carné de identidad, según dictamina Sentencia Judicial, 434/06 de 28 de julio 2006, del Contencioso Administrativo número 1 de nuestra ciudad y a la cual ha tenido acceso nuestro periódico, con fecha 27 de abril 2007,
Es decir que la Sentencia Judicial , se encuentra en vigor y por lo tanto, los residentes en nuestra ciudad con el DNI pueden pasar hacia la provincia de Nador como los residentes en dicha provincia entrar en Melilla, exclusivamente con su documento de identidad, por lo tanto y que sepamos se encuentra en vigor la sentencia judicial, a los residentes en dicha provincia marroquí, no se le debe de solicitar el pasaporte, como así no se le son solicitados a los melillenses, ya que por parte de las autoridades policiales marroquíes, solamente a los residentes de esta ciudad, exclusivamente le pide su DNI, y por lo tanto las autoridades policiales españolas, deben de hacer lo mismo, en cumplimiento de la Sentencia Judicial , es decir, dejar e pasar a todos los residentes de la provincia de Nador, exclusivamente con su documento de identidad, ya de que de serles exigidos el pasaporte, no se esta cumpliendo con una Sentencia Judicial, donde los dictámenes judiciales, son de obligados cumplimiento.
Así mismo, esta circunstancia, se encuentra recogido, en el Régimen Comunitario de la Unión Europea.
DOCUMENTACION DELEGACION GOBIERNO Y JUDICIAL
DOCUMENTO IDENTIDAD MARROQUI QUE CONSTA LA PROVINCIA