NUESTRO PERIÓDICO DESDE SU FUNDACIÓN EL 13/06/2010 AL DÍA DE LA FECHA

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NACIMOS LIBRES, SOMOS LIBRES Y CONTINUAREMOS SIENDO LIBRES

jueves, 26 de agosto de 2010

SOCIEDAD

LA PENSION MEDIA EN NUESTRA CIUDAD CRECE UN 2,6% EN
UN AÑO

La cifra total de pensiones en España se eleva a 8.690.240

Redacción: La pensión media en Melilla se sitúa en estos momentos de 768,29 euros, lo que supone un crecimiento del 2,6% en relación con el mes de agosto de 2009.
El número de pensiones en la ciudad también ha crecido en este periodo hasta alcanzar la cifra de 7.125 en la actualidad, lo que representa un incremento del 1,0% con respecto al mismo mes del año anterior, según datos del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) del Ministerio de Trabajo e Inmigración.

España
En España, el número de pensiones contributivas de la Seguridad Social alcanzó la cifra de 8.690.240 pensiones, lo que representa un crecimiento interanual del 1,6%. Más de la mitad de las pensiones son por jubilación, 5.153.538; 2.292.585 son por viudedad; 936.500 por incapacidad permanente; 269.904 por orfandad y 37.713 a favor de familiares. La nómina mensual de pensiones contributivas de la Seguridad Social superó el pasado 1 de agosto los 6.790 millones de euros (6.790.031), un 5% más que en el mismo mes de 2009, según la estadística hecha pública hoy por el Ministerio de Trabajo e Inmigración.La pensión media de jubilación del Sistema de la Seguridad Social alcanzó este mes la cuantía de 886,40 euros al mes, lo que supone un 3,5% de incremento con respecto al mismo mes del pasado año. En cuanto a la pensión media del Sistema, que comprende las distintas clases de pensión (jubilación, incapacidad permanente, viudedad, orfandad y a favor de familiares), se situó en 781,34 euros al mes, lo que supone un aumento interanual del 3,4 %.








CCOO SI A LA HUELGA DEL 29 S

Redacción: La reforma laboral supone la mayor agresión a los derechos laborales de los trabajadores y trabajadoras desde el inicio de la democracia. Es una pieza más del giro político que el Gobierno ha dado en materia económica y social, que se inició con el recorte de 50.000 millones de euros, continuó con el plan de ajuste (congelación de las pensiones, rebaja salarial de los empleados públicos, 6.045 millones de euros de recorte en inversión pública…) y con la aprobación del Real Decreto de Reforma Laboral.

Unas medidas injustas y regresivas que tendrán continuidad, como ya anunció el pre¬sidente del Gobierno durante el debate sobre el Estado de la Nación, con la reforma del sistema público de pensiones que, entre otras cosas, pretende alargar la edad de jubila ción a los 67 años con carácter obligatorio. Estas políticas, que en esencia se caracterizan por debilitar los derechos sociales y laborales, demuestran que el Gobierno se ha plegado a la presión de los poderes económicos, empresariales y de los políticos conservadores al diseñar la estrategia para afrontar ahora la reducción del déficit fiscal y después la recuperación económica. Pero estas políticas no son las únicas que se pueden adoptar para remontar la grave situación actual y son profundamente injustas en lo social y claramente regresivas en lo económico. La reforma laboral facilita, hace más rápido y barato el despido, institucionaliza la temporalidad como vía de acceso al mercado laboral, cuestiona el valor de la negociación colectiva dando mayor poder discrecional a los empresarios y abre la intermediación laboral al negocio privado al regular la intervención de las empresas con ánimo de lucro. La reforma laboral no adopta ninguna medida para corregir la temporalidad injustificada. La reforma no desvincula el contrato de obra o servicio de las contratas y subcontratas, y no se adoptan medidas para corregir el abuso de estas empresas en la contratación. Tampoco se adoptan medidas para corregir el abuso en el encadenamiento de contratos temporales; las empresas seguirán recurriendo a la rotación de trabajadores despidiendo a los temporales. La norma sigue sin sancionar este fraude de ley y, por tanto, impide que se acabe con la precariedad en la contratación temporal y con el fraude masivo y generalizado.
Se mantiene el contrato eventual por circunstancias de la producción para las actividades estaciónales, en vez de apostar por el contrato fijo-discontinuo.
No se hace ninguna referencia al contrato a tiempo parcial, por la oposición de la patronal CEOE a mejorar las condiciones del mismo. Se incentiva la desaparición de los contratos indefinidos actuales. El contrato de fomento del empleo (con una indemnización de 33 días por año trabajado con un máximo de 24 mensualidades) se generaliza a todos los colectivos de trabajadores y trabajadoras, con lo que los contratos ordinarios (con una indemnización de 45 días, con un máximo de 42 mensualidades) van a quedar en desuso. La reforma laboral aprobada implica la pérdida de la eficacia de la negociación colectiva sectorial. Se abren las vías para desarticular la negociación colectiva y que se negocie todo a nivel de empresa. Se permite de forma generalizada que por acuerdo de empresa se modifique el contenido de los convenios de ámbito superior. Se elimina cualquier necesidad de causa para llevar a cabo esta modificación y se amplían las materias sobre las que el acuerdo de empresa puede disponer frente a lo establecido en el convenio sectorial. Se facilita a las empresas el descuelgue o inaplicación de las condiciones salariales recogidas en los convenios colectivos sectoriales, posibilitando al acuerdo de empresa modificar el salario (pudiendo ser inferior) así como fijar nuevas retribuciones. Se reconoce expresamente que los pactos y acuerdos de empresa pueden ser modifica dos unilateralmente por el empresario. Afecta a todos los pactos y acuerdos, aunque se hayan negociado con la mayoría sindical. Afecta a todas las materias (jornada, horario, turnos, sistema de remuneración, rendimiento, funciones…) y se puede llevar a cabo por simples razones de mejora empresarial.
Se otorga, por tanto, mayor poder al empresario en detrimento de la flexibilidad negociada y la participación sindical. Todo esto da lugar a la pérdida de derechos y a un empeoramiento de las condiciones de trabajo. Se legaliza la intermediación laboral como negocio privado y se da acceso a las agencias privadas de colocación con ánimo de lucro a la gestión de la intermediación. También se les otorga competencias que afectarán a las prestaciones por desempleo. Además, se levanta el veto a las empresas de trabajo temporal para que puedan trabajar en la Administración Pública, con lo cual estas ETT podrán sustituir las actuales bolsas de empleo, pudiendo contratar sin someterse a las garantías constitucionales de igualdad, mérito y publicidad.

 


 

LA UNION GENERAL DE TRABAJADORES DE NUESTRA CIUDAD DENUNCIA LA VISION ERRONEA DE ZP

"El Gobierno quiere ahora rebajar de 100 a 30 días el periodo que tienen los parados para rechazar ofertas, según ha declarado el ministro de Trabajo e Inmigración, Celestino Corbacho".

Redacción: la UGT de nuestra ciudad, denuncio ayer que "el Gobierno quiere ahora rebajar de 100 a 30 días el periodo que tienen los parados para rechazar ofertas, según declaró el ministro de Trabajo e Inmigración, Celestino Corbacho, en la Cadena Ser. UGT considera que este nuevo anuncio refleja nuevamente la visión errónea del Gobierno para solucionar el problema del paro y demuestra los continuos vaivenes de su política económica Primero el Gobierno aprobó en el Congreso el artículo 16 de la reforma laboral por el que se decide que, durante los tres primeros meses, el perceptor de prestaciones podrá declinar el asistir a cursos de formación. Una decisión que "adoptó de motu propio y que suponía la modificación del artículo 231 de la Seguridad Social".Luego, una enmienda socialista en el Senado, la 243, contradijo, hace unos días, lo aprobado por el propio Gobierno en el Congreso al establecer que el parado que rechazara acciones de formación, sin fijar plazo, podría perder la prestación. UGT denunció el pasado 17 de agosto que el grupo parlamentario socialista se movía en la confusión, ya que el texto refundido de la Seguridad Social en su artículo 231 y la Ley de Infracciones y Sanciones, en sus artículos 17 y 47, "señalan claramente como faltas graves la no asistencia a las acciones y programas de empleo ofrecidas por los Servicios Públicos de Empleo, con la consideración de falta grave y, por lo tanto, con la pérdida de prestación por desempleo. Y ahora pretende reducir el plazo de 100, fijado por la reforma laboral impuesta por el Gobierno, a 30 días", aclara el sindicato. UGT considera que "la mejora de la ocupabilidad de los desempleados no se puede acometer desde una posición de sanciones y de pérdidas de prestaciones, sino que es necesario aumentar la inversión en políticas activas de empleo, adecuándolas a las necesidades del actual mercado de trabajo".