MIENTRAS LA CONSEJERIA DE BIENESTAR SOCIAL INFORMA DE NO HABER REGISTRO DE FACTURA DE PROSEGUR DE 149.267.65 EUROS SU PROPIO GOBIERNO LA APRUEBA Y LA ABONA SIN TENER EN CUENTA EL INFORME DE BIENESTAR SOCIAL
¿Será esto un presunto tráfico de influencia o de amistad?
Redacción: Hace días, los grupos de la oposición (CPM y PSOE), denunciaba, que el Gobierno de la ciudad, había abonado facturas, que se encontraban prescritas, nuestro periódico ha tenido acceso al documento oficial que la consejera de Bienestar Social Maria Antonia Gabin Espinagres, dice literalmente y que reproducimos” con fecha 9 de julio 2010, comunicaba a la Consejería de Hacienda y Presupuesto” Vista relación de facturas reclamadas por la PROSEGUR, y consultados los datos que obra en esta Consejería, Informamos, que no existe registro de entrada en esta Consejería de las facturas cuya relación y datos a continúan se detallan, correspondientes a los ejercicios económicos 2004, indicándoles que esta Consejería no contó con dotación presupuestaria hasta el ejerció económico 2006” el montante total de las facturas de PROSEGUR, asciende a la cantidad de 149.2676.65 Euros.
OFICIO DE LA CONSEJERIA DE BIENESTAR SOCIAL
Es decir, que a pesar de tener en fecha y en forma la Consejería de Hacienda y Presupuesto, el oficio, de salida 1354 de la secretaria técnica de la consejería de Bienestar Social y Sanidad, esta no se tiene en cuenta y se abona, ante la propuesta del consejero de Hacienda y Presupuesto Guillermo Fría, de fecha 7 de julio 2010, el reconocimiento extrajudicial de créditos.
DOCUMENTO DE LA CONSEJERIA DE HACIENDA Y PRESUPUESTO
Ya que las facturas, se encontraban prescritas, ya que según la propia consejería de Bienestar Social, habla del año 2004, es decir hace 6 años y la empresa, no recurrió a su cobro por la vía judicial, que era lo más normal, en reclamación de su deuda de 149.267,65 Euros, sino que el Gobierno de la Ciudad, lo lleva a la comisión de Hacienda, por la vía del reconocimiento Extrajudicial, ya que era consciente las dos partes, es decir empresa y Ciudad Autónoma, que ya estaban prescritas las facturaciones y por la vía judicial la había perdido.