NUESTRO PERIÓDICO DESDE SU FUNDACIÓN EL 13/06/2010 AL DÍA DE LA FECHA

216.000 LECTORES EN 10 MESES

DÍA 13/05/2011- 3.240 ENTRADAS

NACIMOS LIBRES, SOMOS LIBRES Y CONTINUAREMOS SIENDO LIBRES

viernes, 4 de marzo de 2011

CONSUMO


EL GOBIERNO CENTRAL Y LAS COMUNIDADES AUTONOMAS APRUEBAN LAS CAMPAÑAS NACIONALES DE INSPECCIÓN Y CONTROL DE MERCADO PARA EL 2011

Durante este año, se realizarán campañas específicas para analizar, entre otros, productos light, el etiquetado y composición de productos alimenticios con declaraciones saludables, el control de bebidas espirituosas o los centros de depilación láser
 Redacción: La ministra de Sanidad, Política Social e Igualdad, Leire Pajín, presidió el pasado  miércoles por primera vez la reunión de la Conferencia Sectorial de Consumo, que reúne a representantes de la Administración General del Estado y de las autonomías con competencias en materia de consumo. En la reunión se han aprobado las campañas nacionales de inspección y control de mercado para el año 2011.
Además, se han estudiado los dos proyectos normativos que está tramitando actualmente el Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad en materia de consumo: el anteproyecto de ley por el que se regulan los servicios de atención al cliente (Ley SAC), y la reforma del real decreto que regula el Sistema Arbitral de Consumo.
CAMPAÑAS DE CONTROL E INSPECCIÓN DE CONSUMO PARA 2011
La Conferencia Sectorial de Consumo ha aprobado las campañas nacionales de inspección y control de mercado para el año 2011. Estas campañas son las propuestas y elegidas por consenso entre el Instituto Nacional de Consumo (INC) y las autoridades de las CCAA.
En 2011 se realizarán campañas específicas para analizar diferentes productos. Inspección de productos light: se determinará el etiquetado, grado alcohólico, azucares, edulcorante, grasa y grados Brix en cervezas, bebidas refrescantes, galletas y productos de bollería, chocolates y preparados alimenticios, mermeladas, ketchup, mahonesas, quesos y preparados cárnicos (jamón de york). Para poder comprobar la alegación “light” se remitirá tanto el producto como su homólogo normal. Etiquetado y composición de productos alimenticios con declaraciones saludables: se tomarán muestras de zumos con vitamina C, cereales para el desayuno con minerales, leches con calcio, turrones y mazapanes sin azúcar añadido y conservas de pescado con bajo contenido en sal para analizar tanto el etiquetado como las determinaciones según el tipo de declaración que realizan.Inspección y control de bebidas espirituosas: se analizarán whisky, ron, aguardiente, vodka, brandy y ginebras para comprobar etiquetado y grado alcohólico.  Centros de depilación láser: entre los parámetros que se estudiarán están las condiciones de venta (que queden claros los precios, que no se incluyan sobrecostes, que no se haga publicidad engañosa…) y la presencia de las advertencias reglamentarias (quién y cuándo se puede someter al tratamiento, qué medidas de protección hay que tomar después y otros. Bombillas de bajo consumo: se comprobará el marcado CE, el etiquetado energético, las dimensiones, la protección contra el acceso a partes activas, la potencia e intensidad o la resistencia a la humedad y al calor. Entre otras campañas, también se realizarán análisis de aceites de oliva, así como controles de la información precontractual que ofrecen las compañías áreas o de los créditos al consumo que se ofrecen en empresas como clínicas dentales, centros de estética, academias o agencias de viajes.
PROYECTOS NORMATIVOS
El Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad está tramitando en estos momentos dos proyectos normativos relacionados con el área de consumo. Por un lado, la ley que regulará los servicios de atención al cliente (Ley SAC) tiene como objetivo mejorar la protección de los consumidores en relación con los servicios de atención al cliente.
Actualmente, la mayoría de quejas y reclamaciones que recibe la administración por parte de los consumidores tiene como elemento común la deficiente atención al cliente. Con la nueva normativa se garantizarán los derechos básicos de los consumidores y usuarios y se establecerán unos parámetros mínimos de calidad que deberán cumplir los servicios de atención al cliente de las empresas que presten servicios económicos de interés general.
Entre las principales novedades de esta norma están: Fija los estándares de calidad en la prestación de este servicio, a los que deberán adecuar su actuación las empresas afectadas.  Garantiza un compromiso escrito de tiempos de respuesta y resolución, lo que supondrá a medio plazo un ahorro importante de tiempo para consumidores y usuarios.
En ningún caso el servicio de atención al cliente proporcionará ingresos adicionales a la empresa prestadora a costa del usuario, prohibiendo a tal efecto la utilización de números de tarificación adicional.
Por otro lado, la modificación del Real Decreto que regula el Sistema Arbitral de Consumo introducirá mejoras en el procedimiento arbitral de consumo, con el fin de aumentar la seguridad jurídica y reforzar el principio de autonomía de la voluntad de las partes. Asimismo, posibilitará el acceso de los ciudadanos a una información actualizada de las empresas adheridas a las Juntas Arbitrales de Consumo.