LA NUEVA LEY ELECTORAL LIMITA LOS ACTOS
EN VÍSPERAS DE LOS COMICIOS
Redacción: Las elecciones municipales y autonómicas se convocarán el próximo 28 de marzo y los partidos políticos aceleran su precampaña, ya que, con la nueva ley electoral, a partir de esa fecha los poderes públicos se quedarán sin uno de sus tradicionales reclamos: la inauguración de obras o servicios.
La reforma de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) se publicó en el Boletín Oficial del Estado a finales de enero y entre sus novedades incluyó varios límites a la acción de las administraciones en vísperas de los comicios.
El artículo 50 es taxativo: desde la convocatoria hasta la celebración de las elecciones está prohibido cualquier acto organizado o financiado, aunque sea indirectamente, por los poderes públicos que contenga alusiones a los logros obtenidos y también cualquier inauguración de obras o servicios públicos.
Se podrán poner en marcha esas obras, pero no, como ha sido usual en las semanas previas de elecciones anteriores, inaugurarlas a bombo y platillo.