LEY DE DEPENDENCIA
Y EL NIVEL MÍNIMO DE PROTECCIÓN PARA LAS PERSONAS
EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA PARA 2011
El 1 de enero de este año han comenzado a entrar en el Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia las personas con dependencia moderada, valoradas con Grado I Nivel 2
Redacción: El Gobierno aprobó el pasado viernes a propuesta de la ministra de Sanidad, Política Social e Igualdad, Leire Pajín, dos reales decretos relacionados con la aplicación de la Ley de Dependencia. Uno establece las cuantías máximas de las prestaciones económicas para las personas en situación de dependencia para el ejercicio 2011, y el segundo determina el nivel mínimo de protección garantizado a los beneficiarios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) para este año. En ambos casos se recoge la incorporación al Sistema de las personas con dependencia moderada, Grado I Nivel 2.
El Consejo Territorial de Dependencia que se celebró el 22 de diciembre del año pasado acordó tanto las cuantías máximas de las prestaciones económicas como el nivel mínimo de protección.
Actualización de las prestaciones económicas
El primero de los reales decretos aprobado incorpora las prestaciones económicas que recibirán las personas con dependencia moderada, Grado I Nivel 2 y establece las prestaciones económicas del resto de niveles ya incorporados al Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia para 2011.
Además, se modifica el Real Decreto del año 2005 por el que se regulan las ayudas económicas de la Ley de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, declarando su compatibilidad con el percibo de las pensiones de invalidez y de jubilación de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva, no teniendo en ningún caso la consideración de renta o ingreso computable a efectos del percibo de éstas. Esta modificación se hace para dar cumplimiento a lo previsto en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 26 de noviembre de 2010, en el que se encomienda a los departamentos ministeriales competentes acometer reformas normativas encaminadas, entre otros aspectos, a “excluir las ayudas económicas de la Ley de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género de las rentas o ingresos computables a efectos de posibilitar el reconocimiento del derecho a las pensiones no contributivas a las víctimas de violencia de género”.
Nivel mínimo de protección
El segundo de los reales decretos aprobados determina el nivel mínimo de protección garantizado a los beneficiarios del SAAD para 2011, incluidas las personas con dependencia moderada valoradas con Grado I Nivel 2. (Ver cantidades en tabla 2).